Módulos de garantía social
Módulos de garantía social
REPRESENTANTE MUNICIPAL
El Alcalde, Enetz Ezenarro Arriola.
Los programas de Iniciación Profesional surgieron al amparo de la Orden del 20 de septiembre de 1988 del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, con el objetivo específico de lograr la inserción laboral de los y las jóvenes que abandonan el sistema educativo sin cualificación académica ni profesional.
Desde sus orígenes, estos programas se desarrollaron a través de convenios de colaboración entre ayuntamientos, mancomunidades o entidades privadas sin ánimo de lucro y el Departamento de Educación, Universidades e Investigación.
La Ley 1/1990 de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) en su artículo 23.2 establece que:
"Para los alumnos que no alcancen los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria se organizaran programas específicos de Garantía Social, con el fin de proporcionarles una formación básica y profesional que les permita incorporarse a la vida activa o proseguir sus estudios en las distintas enseñanzas regladas en esta ley y, especialmente, en la formación profesional específica de grado medio a través del procedimiento que prevé el articulo 32.1 de la presente ley. La Administración local podrá colaborar con las administraciones educativas en el desarrollo de estos programas".
Teniendo en cuenta que los programas de Iniciación Profesional cumplían algunas de las condiciones señaladas por la LOGSE para los programas de Garantía Social, el Departamento de Educación, Universidades e Investigación determinó que los programas de Iniciación Profesional fueran la concreción de los programas de Garantía Social en la CAPV, si bien reforzó en ellos los aspectos de formación básica, orientación profesional y tutoría necesarios para garantizar la consecución del doble objetivo de los programas da Garantía Social: la incorporación a la vida activa y/o la continuación de estudios, especialmente a través de la formación profesional específica de grado medio.
Estos programas tienen la función de preparar a esos colectivos de jóvenes para la ejecución de trabajos relativamente simples que requieran conocimientos teóricos y capacidades técnicas limitadas, pero que no cierren la puerta a avanzar a partir de ellas a niveles más elevados de cualificación, siendo la polivalencia la característica que soporta y enmarca el diseño del currículo; en esta formación se tiene en cuenta que el conjunto de capacidades básicas requeridas para el desempeño de un puesto de trabajo de este nivel de cualificación no sólo abarca los aspectos más técnicos o de habilidades y destrezas manuales, sino que, además, incluye el conjunto de capacidades que tienen la finalidad de facilitar la adaptación a un puesto de trabajo, así como de proporcionar el progreso personal del individuo.
El Decreto 72/2001, del 24 de abril, publicado en el BOPV el 8 de mayo del 2001, establece los aspectos esenciales de la acción formativa que se integran en los programas de Garantía Social.